ELECCIONES A LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CITIPA – 2015
Estimada/o Colegiada/o,
Con fecha de 19 de Enero de 2015, se ha constituido la Junta Electoral cuya función, de acuerdo con los estatutos del Colegio será, presidir el proceso de elecciones y resolver cuantas reclamaciones e incidencias relativas al mismo se produzcan.
Desde la Junta de Gobierno en funciones, os queremos transmitir la necesidad de que el Colegio pueda contar con nuevos miembros en su Junta de Gobierno, y os animamos a que os presentéis, tanto a formar una candidatura de cargos principales, como presentaros a candidatos de vocales. Será una experiencia enriquecedora a título personal, y aportareis vuestro grano de arena en pro de la defensa de nuestra profesión.
Composición de la Junta Electoral:
Presidenta: Colegiada 291 – Dª. Leticia Reigada Suárez
Secretario: Colegiado 395 – D. Raúl Rodríguez Meliveo
Vocales:
- Colegiado 128 – D. Guillermo Marqués Prendes
- Colegiado 405 – D. José Luis Vega Pardo
- Colegiado 2 – D. Antonio Valdés Tronco
Así mismo se ha elaborado el calendario electoral con las siguientes fechas:
- 19 de Enero de 2015: Constitución de la Junta Electoral y se publicación del censo electoral provisional.
- 22 de Enero de 2015: Publicación del censo electoral definitivo.
- 23 al 27 de Enero de 2015: Plazo de presentación de candidaturas a la Junta de Gobierno según la normativa establecida en los estatutos.
- 28 de Enero de 2015: Anuncio de candidaturas válidas presentadas.
- 29 de Enero de 2015: Proclamación de candidaturas. Si la candidatura es única, no se continuará con el proceso electoral y se proclamará vencedora a dicha candidatura.
- 25 de Febrero de 2015: Elecciones a la Junta de Gobierno.
Las candidaturas deben ser presentadas firmadas en la sede del Colegio (consultar en https://www.citipa.org los horarios de oficina) o bien por correo electrónico a je-citipa@citipa.org firmado digitalmente con un certificado legalmente aceptado por las administraciones públicas (como el DNI electrónico, Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), etc.).
Los colegiados con la presentación de su candidatura, aceptan tácitamente satisfacer todos los requisitos establecidos en el artículo 45 de los Estatutos del Colegios (adjunto en la comunicación).
Normativa para la presentación de candidaturas:
Artículo 45. Candidaturas.
- Se seguirá un procedimiento de Lista Mixta, de forma que los cinco cargos principales (Decano, Vicedecanos, Secretario y Tesorero), serán elegidos por medio de lista cerrada, y los Vocales (como mínimo cinco) mediante lista abierta. Así, las candidaturas podrán ser de dos tipos:
- a) Candidatura a Cargos Principales. Será una lista Cerrada compuesta de los nombres de cada candidato y cargo al que opta, entre los de Decano, Vicedecanos Primero y Segundo, Secretario y Tesorero.
- b) Candidatura a Vocal. Lista Abierta: compuesta por el nombre del candidato a ser uno de los Vocales.
- Las candidaturas habrán de presentarse por escrito ante la Junta Electoral dentro de los tres días siguientes de la publicación del censo electoral definitivo, designando de entre sus componentes un representante ante la Junta Electoral, proclamando esta al día siguiente aquellas que reúnan los requisitos establecidos en los presentes Estatutos, dando publicidad de estos actos para el general conocimiento, y en particular a los colegiados.
- Para ser elegibles los candidatos deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a) Ser Colegiado.
- b) No estar incurso en prohibición o incapacidad legal o estatutaria para la asunción de cargos públicos.
- c) No encontrarse inhabilitado para el desempeño de cargos en la Junta de Gobierno como consecuencia de sanción impuesta por el Órgano competente del Colegio, ni tener pendientes expedientes disciplinarios que pudieran conllevar ésta.
- d) No desarrollar actividades declaradas en estos Estatutos incompatibles con la ocupación de cargos en la Junta de Gobierno.
- e) Poseer una antigüedad mínima de un año como colegiado, en caso de figurar como candidato a Vocal, y de al menos dos años si opta a cualquier otro cargo de la Junta de Gobierno.
- Son incompatibles con el desempeño de cargos en la Junta de Gobierno:
- a) Ser miembro no ejerciente.
- b) Miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración Central, de Comunidades Autónomas y de las Administraciones Locales.
- c) Cargos de representación política y sindical.
- d) Miembros de órganos rectores de otros Colegios Profesionales.
- Cada candidatura podrá designar dos interventores de Mesa Electoral, los cuales podrán asistir al acto de votación y escrutinio, pudiendo formular a ésta sus peticiones o reclamaciones y hacer constar en Acta cuantos asuntos sobre el desarrollo de la votación estimen conveniente, sin interrumpir el mismo.
- Ningún colegiado puede presentarse simultáneamente en una lista cerrada a los Cargos Principales y en lista abierta para Vocal a excepción de que en la lista cerrada figure como suplente.
Oviedo, 19 de Enero de 2015